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Nuestro Equipo
Funciones generales y específicas

 

FUNCIONES DEL EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PSICOPEDAGÓGICA

 

Para realizar nuestra labor orientadora tenemos en cuenta la ORDEN EDU/987/2012, de 14 de noviembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa de la Comunidad de Castilla y León, así como la normativa vigente que regula la atención a la diversidad en Castilla y León.

 

Funciones  generales:

a)    Colaborar con los centros docentes en la elaboración o revisión, desarrollo, aplicación y evaluación de su Proyecto Educativo y, en particular, de los documentos institucionales que precisen ajustar la propuesta curricular a las características del alumnado y del contexto.

b)    Asesorar al profesorado en la atención a la diversidad del alumnado, colaborando en la adopción y aplicación de las medidas educativas oportunas, dando especial importancia a las actuaciones de carácter preventivo.

c)    Asesorar a los centros docentes en la organización de los apoyos y refuerzos educativos al alumnado que lo precise.

d)    Asesorar y orientar a las familias de los alumnos con necesidades educativas en el proceso de atención e intervención con sus hijos.

e)    Colaborar con el equipo directivo y prestar asesoramiento en el diseño y desarrollo de programas o planes que se lleven a cabo en el centro, dentro del ámbito de sus competencias.

f)     Colaborar en la detección, identificación y, en su caso, evaluación de las necesidades educativas del alumnado, asesorando en el diseño, seguimiento y evaluación de la respuesta educativa que se proporciona al alumnado.

g)    Favorecer e intervenir en el desarrollo de actuaciones que permitan la adecuada transición entre los distintos ciclos o etapas educativas del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, estableciendo actuaciones de coordinación entre los distintos centros de un mismo ámbito de influencia o zona geográfica.

h)   Colaborar y prestar asesoramiento psicopedagógico a los órganos de gobierno, de participación y de coordinación docente del centro.

i)     Colaborar con los tutores en la elaboración, desarrollo, y en su caso, revisión del Plan de Acción Tutorial, proporcionándoles técnicas, instrumentos y materiales que faciliten el desarrollo de dicho plan para garantizar el desarrollo integral del alumnado y fortalecer las relaciones entre las familias o representantes legales y el centro educativo.

j)      Asesorar a los equipos docentes, alumnado y familias o representantes legales del alumnado sobre aspectos de orientación personal, educativa y profesional.

k)     Elaborar, recopilar y difundir materiales y recursos educativos que proporcionen orientaciones sobre la adaptación de las actividades de enseñanza y aprendizaje a las necesidades educativas del alumnado, sobre la metodología a emplear y sobre la optimización del proceso educativo en general, así como para la mejora de la convivencia en los centros.

l)     Colaborar con el Área de Inspección Educativa, Área de Programas Educativos, con los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa y con otros servicios educativos, de familia, sociales y sanitarios del  ámbito de actuación para asegurar el desarrollo efectivo de las funciones encomendadas, especialmente en relación con aquellas actuaciones establecidas mediante protocolos institucionales.

m)   Colaborar con el Centro de Educación Especial con el objeto de rentabilizar recursos y favorecer la vinculación entre este centro y el conjunto de centros y servicios del sector.

n)   Proponer y participar en actividades de formación e investigación educativa.

  • o)    Asesorar, en el ámbito de sus competencias, en la incorporación de metodologías didácticas en el aula que favorezcan la integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y el logro de la competencia digital del alumnado, especialmente en relación al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

p)    Llevar a cabo cualquier otra función que determine la Administración Educativa en el ámbito de sus competencias.

  

Funciones específicas:

a) Realizar una atención individualizada al alumnado que curse enseñanzas de educación especial, educación infantil y educación primaria.

 b) Formar parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica de los centros de atención preferente y continuada asignados, con el objeto de contribuir al desarrollo de las competencias que este órgano tiene atribuidas, formulando propuestas específicas a la planificación, seguimiento y evaluación de los diferentes programas y planes de centro referidos al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, de orientación y de convivencia. Este curso, entre otros aspectos, se dará a conocer el Plan de Mejora realizado en el Equipo sobre Planes de apoyo y refuerzo educativo.

c) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado que se recoge en la Orden EDU/1152/2010, de 3 de agosto, por la que se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y enseñanzas de educación especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León a y proponer, cuando sea preciso, la modalidad de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales a través del correspondiente dictamen de escolarización.

d) Asesorar al profesorado en el diseño de procedimientos e instrumentos de evaluación, tanto de los aprendizajes realizados por los alumnos como de los procesos de enseñanza.

e) Colaborar en el desarrollo de acciones que favorezcan la transición de la etapa de educación infantil a educación primaria y de ésta a educación secundaria.

f) Impulsar la colaboración e intercambio de experiencias entre los centros docentes del sector.

g) Promover la colaboración entre el profesorado y las familias o representantes legales del alumnado para su mejor educación.

h) Colaborar con los centros en el diseño y desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad, del Plan de Convivencia y en las actuaciones encaminadas a la prevención del absentismo y del abandono temprano de la educación y la formación..

i) Llevar a cabo cualquier otra función que determine la Administración Educativa en el ámbito de sus competencias.

 

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